SINDICATO MONTE DE PIEDAD: POSICIONAMIENTO A PUBLICACIÓN
POSICIONAMIENTO A PUBLICACIÓN DE PROCESO
El Sindicato del Nacional Monte de Piedad busca tener una comunicación abierta y constructiva basada en la verdad, con propuestas y SIN DESCALIFICACIONES.
Por ello, damos respuesta puntual a la publicación de Proceso debido a que es imprecisa en toda su información.
Además, se hacen graves acusaciones hacia mí, Arturo Zayún González, sin fundamento ni sustento, basadas en «dichos» que se hacen desde el anonimato, pero además NO se nos busco para pedir nuestra postura. Por ello, hemos solicitado el derecho de réplica desde hace 6 días, sin recibir aún respuesta.
Las aclaraciones son las siguientes:
- Toda la publicación es imprecisa y NO tiene razón de ser, empezando desde el título, ya que las instancias ACTUALES encargadas de la mediación son el Tribunal Federal Laboral de Asuntos Colectivos, perteneciente al Consejo de la Judicatura Federal, y el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, un órgano descentralizado, que son quienes, junto a la Institución y al Sindicato (LAS PARTES) buscan LLEGAR A UN CONVENIO.
En cuanto al convenio de la STPS que se menciona, este existió a principios de 2022, y después de 2 años, es decir, hoy en día, no está vigente porque el proceso ha ido avanzando y estamos ante otras instancias encargadas de la mediación.
En resumen: Legalmente NO existe ningún convenio y mucho menos se puede llevar a votación algo que NO existe jurídicamente. Esto es conocido por TODOS los involucrados.
2. Aunque ya no está vigente, es relevante explicar cómo surge inicialmente el convenio de la STPS y porque no fue aceptado. En una primera instancia, la Institución presentó sus argumentos ante la STPS, y esta entidad, de buena fe, elaboró un convenio basado en la información proporcionada por la Institución en ese momento.
No aceptamos dicho convenio simplemente porque aún no habíamos presentado nuestros propios argumentos, como en cualquier proceso jurídico de esta naturaleza. Por ello, NO es apropiado seguir haciendo referencia a dicho convenio, ya que jurídicamente NO existe; esto es conocido por TODOS los involucrados.
3. Vale la pena explicar a profundidad las cuotas sindicales. A la fecha, desde que inició el conflicto laboral, se han realizado el despido de más de 400 trabajadores sindicalizados.
1. De esa cifra, 50 aceptaron firmar su renuncia y los otros 350 trabajadores hicieron su denuncia por despido injustificado ante la STPS, con la asesoría jurídica del Sindicato.
a) De los 350 trabajadores sindicalizados que demandaron, ya se han ganado más de 18 casos a la Institución; los restantes procesos están en curso.
Los jueces emitieron como sentencia el pago de salarios caídos, redención de sus prestaciones, así como el pago de cuotas del IMSS e Infonavit, además de la reinstalación laboral en los mismos términos y condiciones en que fueron despedidos.
La Institución recurrió a amparos para frenar temporalmente las sentencias y ganar tiempo.
b) Como los trabajadores fueron despedidos sin liquidación, muchos de ellos vivían al día porque tenían un sueldo entre 8 mil a 11 mil pesos mensuales.
Por ello, se quedaron en la indefensión laboral porque, además, al demandar a la Institución, no pueden contratarse en algún otro lugar hasta que concluyan los procesos.
¿De qué van a vivir estos trabajadores y sus familias? Con ellos, es donde invertimos una parte de las cuotas sindicales para darles un apoyo económico a TODOS los trabajadores despedidos.
c) En un principio, el apoyo económico para cada trabajador era mayor debido a que eran pocos los despedidos, pero conforme han avanzado los meses, se ha incrementado el número de despedidos hasta llegar a la cifra ya mencionada de 350, a quienes atendemos jurídicamente.
Además, a los DEMANDANTES también los apoyamos en los gastos de traslados foráneos. ¿No considera EL MEDIO que es muy injusta la acusación que se nos hace con respecto a las cuotas sindicales?
d) En resumen, se está “asfixiando” económicante al Sindicato porque además de apoyar a los trabajadores despedidos, cada vez se reciben menos cuotas porque se están despidiendo a un gran número de trabajadores sindicalizados.
e) Con lo previamente descrito, también se responden las fuertes acusaciones en mi contra, que repito, no se basan ni mencionan ninguna prueba.
4. Con respecto a los tres peritajes que mencionan, la Institución los presentó a principios de 2022 en el proceso del Conflicto Colectivo de Naturaleza Económica ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
Sin embargo, desde 2023, dichos peritajes se han DESESTIMADO y NO son concluyentes porque carecen de legalidad al NO basarse en auditorías financieras ni tampoco en declaraciones fiscales, como lo EXIGE la ley.
EN RESUMEN: Los peritajes NO tienen validez jurídica, esto TODOS los involucrados lo saben hoy en día. Esto también está relacionado con el convenio de la STPS. En un primer momento, STPS se basó en los peritajes para hacer el convenio que no aceptamos, convenio que hoy NO existe jurídicamente.
5. Las acusaciones hacia mi persona, así como hacia el Sindicato son falsas. En primer lugar, son denuncias desde el «anonimato» que no presentan ni hacen mención de ninguna prueba; únicamente se basan en descalificaciones.
a) Mencionan transporte privado de lujo, entre otras cosas: El Contrato Colectivo de Trabajo, mediante convenio registrado en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral NO contempla NINGÚN LUJO para el La institución proveía al Sindicato un vehículo de la marca Ford modelo 2017 que hace 14 meses nos retiro.
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- El Sindicato por ello utiliza actualmente un-Kia modelo 2021 que se adquirió seminuevo, NO los vehículos lujosos que EL MEDIO asegura.
Mientras que los miembros del Comité Ejecutivo Nacional se desplazan en automoviles propios. También por CCT, NO SE CONTEMPLA personal de limpieza para el Sindicato o Casas Sindicales.
b) La asignación de plazas se da por antigüedad y capacidad conforme al Contrato Colectivo de Trabajo, NO POR ASIGNACIÓN SINDICAL como lo aseguran.
c) Los gastos de viáticos se encuentran establecidos en el Contrato Colectivo de Trabajo, mediante convenio registrado en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y se otorgan contra comprobación fiscal
d) El Sindicato recibe cuota sindical de los trabajadores, NO por contrato. Cuotas que por estatuto se regresa el 50% a la sección o entidad para los gastos propios establecidos en el estatuto.
Como Sindicato, buscamos agotar todas las instancias de diálogo con la Institución, así como con las autoridades a través de propuestas puntuales y SIN DESCALIFICACIONES.
Arturo Zayún González
Secretario General del Sindicato Nacional del Monte de Piedad